PANORAMA DE LA FISCALIDAD AUTONÓMICA Y FORAL 2021

INFORME EN EL QUE SE PUEDE COMPARAR LA DIFERENTE TRIBUTACIÓN EN RENTA, PATRIMONIO, SUCESIONES Y DONACIONES Y TRANSMISIONES PATRIMONIALES.

Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2021 recoge el desarrollo de la capacidad normativa de cada Comunidad, respecto al IRPF, Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, e Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, agrupando en un apartado todo lo relativo a los impuestos propios, otro para los territorios forales –que tienen los mismos impuestos troncales pero con su particular regulación– y resaltando las novedades para 2021. Partiendo de esta compleja situación, intentan adivinar tendencias, resumen la situación de cada territorio con cuadros y gráficos, y elaboran ejemplos para facilitar la comparativa.

Los economistas constatan que la competencia fiscal a la baja solo se generaliza en Sucesiones y Donaciones; en Renta y Patrimonio unas Comunidades suben y otras bajan; y, en Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, la tendencia dominante es a incrementarlos.

El informe realizado por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas de España destaca las siguientes novedades para 2021:

  • En IRPF: Andalucía y la Región de Murcia rebajan un poco sus tarifas autonómicas, mientras que la Comunidad Valenciana añade tramos para rentas altas incrementando el marginal máximo. Las tributación agregada –suma de cuota estatal y autonómica– de todos los contribuyentes con rentas superiores a 300.000€ se verá incrementada este año por el aumento de 2 puntos en la tarifa estatal.
  • En IP: La Comunidad Valenciana incrementa el importe a pagar por la rebaja del mínimo exento y el aumento del marginal máximo. También sube la tributación en las Comunidades que no han regulado tarifa propia por la subida de 1 punto en el marginal máximo de la tarifa establecida por el Estado –que se aplica por defecto–.
  • En Sucesiones y Donaciones y en Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se producen pocas modificaciones para este año.

Las tendencias observadas este año son las siguientes:

  • En el IRPF, las principales diferencias se producen por la regulación de las tarifas, estableciéndose multitud de deducciones, con coste recaudatorio limitado, para favorecer la natalidad, ayudar a contribuyentes que tienen que atender situaciones especiales de discapacidad, intentar paliar la despoblación rural, favorecer comportamientos positivos para el medioambiente y, como algo más novedoso, regulando algunos beneficios fiscales para víctimas de violencia de género o relacionados con la Covid-19, aunque, normalmente, solo se los pueden aplicar las rentas medias-bajas.
  • En el Impuesto sobre el Patrimonio, lo más llamativo es que cuatro Comunidades –Aragón, Cataluña, Extremadura y Comunidad Valenciana– han reducido los mínimos exentos; que bastantes tienen tarifas más elevadas que la estatal; y que en Madrid no se paga este tributo.
  • En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, desde hace tiempo se produce una competencia fiscal a la baja cuando los contribuyentes son familiares cercanos del causante o del donante.
  • En sentido contrario, en las modalidades de Transmisiones Patrimoniales Onerosas o de Actos Jurídicos Documentados, en general, se ha intentado mitigar la caída de la recaudación, por la pérdida de vigor del sector inmobiliario, con un incremento de los tipos impositivos.

Del estudio se pueden obtener las siguientes conclusiones:

  1. La recaudación por impuestos propios es el 2,1% de los ingresos tributarios de las CCAA y la recaudación por cada habitante es muy dispar. Mientras que en Baleares supone 188,7€/h, en Castilla-La Mancha menos de 10€/h.
  2. Los impuestos propios de carácter ambiental suponen el 68,5% de la recaudación por impuestos propios.
  3. Respecto a los impuestos propios, sería conveniente contar con un patrón común para el establecimiento de tributos que graven el mismo objeto imponible, pues cada autonomía establece el impuesto de un modo diferente, en muchos casos para hacer tributar al mismo hecho imponible. Por ello, se podría proceder a una armonización de los tributos propios que contemplara los principales elementos configuradores del tributo.
  4. Los ingresos tributarios ligados a la financiación de las CCAA, en general, han evolucionado positivamente después de la crisis financiera. Esto ha sido así, especialmente, en los cedidos parcialmente como el IRPF y el IVA. En el caso de tributos cedidos totalmente la cosa ha sido distinta por diferentes motivos: por su regulación –IP e ISD-; o por el pinchazo de la burbuja inmobiliaria –ITPyAJD–. En el mismo sentido han evolucionado los ingresos tributarios del Estado, con la excepción del IS, aunque el año de referencia, 2007, sea totalmente atípico.
  5. A falta de la recaudación del mes de diciembre de 2020, es probable que la recaudación total del Estado en ese ejercicio, con una caída del PIB superior al 11%, descienda entre un 10 (21.000M€) y un 9% (19.000M€).
  6. En el IRPF lo más importante de 2021 ha sido la subida en 2 puntos del marginal máximo de la tarifa estatal. En cuanto a las escalas autonómicas, la han rebajado un poco Andalucía y Murcia y la ha subido, en los tramos más elevados, la Comunidad Valenciana. Esto da como resultado un panorama con tipos máximos que van desde el 45,5 al 54%.
  7. En IP todas las Comunidades que no han regulado la tarifa ven cómo se le incrementa el marginal máximo a los ciudadanos con patrimonios de más de 11M€ y se producen pocas modificaciones –rebaja de la tarifa Andalucía y, en la Comunidad Valenciana, se rebaja el mínimo exento y se sube la tarifa–. En definitiva, en todas las Comunidades, incluidas las forales, se pagan unas cantidades considerables, excepto en Madrid, donde está bonificado al 100%.
  8. En ISD la competencia fiscal se produce a la baja cuando los adquirentes son familiares cercanos.
  9. En ITP y AJD, si nos fijamos en los tipos de la normativa estatal, que se aplican por defecto, la mayor parte de las CCAA han optado por elevarlos.
  10. La normativa en tributos cedidos generalmente es muy extensa –858 medidas– y farragosa, por lo que se hace difícil el conocimiento y cumplimiento de la misma por los contribuyentes.
  11. Parece necesario reflexionar sobre el mantenimiento o no de determinados tributos y la capacidad normativa de las CCAA sobre los mismos. Es el caso del IP, ISD y de la modalidad de AJD del Impuesto sobre Transmisiones. Esta reflexión debería hacerse en el marco del nuevo sistema de financiación de las CCAA, cuyo establecimiento parece inaplazable.
  12. Hay que resaltar un problema en las notificaciones de los procedimientos tributarios que afectan a CCAA y Entidades Locales: es preciso que se implante, definitivamente y sin más aplazamientos, el punto único de notificaciones (previsto para el 2 de abril).
  13. Una de las reformas que tenemos pendientes es la de la fiscalidad medioambiental. Aparte de introducir tributos que tengan este calificativo –cosa que sucede con la mayor parte de los impuestos propios–, las CCAA han regulado muchos incentivos para mejorar el comportamiento de los contribuyentes en este aspecto, lo que hay que valorar positivamente.
  14. Si al fisco estatal se le achaca que haya tomado pocas medidas para paliar los efectos del Covid, las CCAA han establecido todavía menos. En especial, es imprescindible que se establezcan modificaciones para que no se pierdan los incentivos fiscales aplicados al incumplir requisitos por la situación de 2020-2021.

PRESENTACIÓN COMPLETA:

https://www.youtube.com/channel/UCWm5honBqs2JM-4VZD6XrYw

Informe aquí

Fotos: wir_sind_klein, www_slon_pics y geralt

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Posted by javier